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¡Atención si tiene créditos! Los derechos legales que lo protegen para congelar o refinanciar deudas tras un desastre

Créditos tras terremoto derechos para congelar o refinanciar deudas

El artículo 86 de la Ley 1523 de 2012 permite refinanciar deudas bancarias a personas afectadas por desastres.

Colprensa/ Magnific Créditos tras terremoto derechos para congelar o refinanciar deudas

Después de una emergencia tan fuerte como un terremoto, muchas familias no solo enfrentan la pérdida de viviendas, negocios o ingresos. También aparece una preocupación que no da espera: las cuotas del banco. Hipotecas, créditos de libre inversión, préstamos para vehículos o deudas comerciales siguen llegando puntualmente, incluso cuando la economía familiar atraviesa momentos difíciles.

Sin embargo, la legislación colombiana contempla herramientas que pueden ayudar a las personas afectadas por un desastre natural a reorganizar sus obligaciones financieras y evitar que la crisis se agrave.

La aclaración es importante: un desastre natural no elimina ni perdona automáticamente las deudas, pero sí puede abrir la puerta a mecanismos de alivio y refinanciación para quienes resulten damnificados.

La ley permite renegociar las deudas tras una emergencia

De acuerdo con lo explicado por la especialista en créditos de vivienda y vehículo Mabel Quintero, la principal herramienta jurídica se encuentra en la Ley 1523 de 2012, específicamente en su artículo 86.

La norma establece que cuando el Gobierno declara oficialmente una situación de desastre, las personas afectadas pueden acceder a procesos de refinanciación de sus obligaciones financieras.

“La Ley 1523, en su artículo 86, establece que cuando se declara una situación de desastre, las personas afectadas pueden acceder a mecanismos de refinanciación de sus obligaciones”, explicó la experta.

Esto significa que quienes tenían un crédito antes de la emergencia pueden solicitar una renegociación de las condiciones de pago de acuerdo con las circunstancias generadas por el desastre.

Se pueden ampliar los plazos para pagar

Uno de los principales beneficios contemplados en la normativa es la posibilidad de extender el tiempo de pago.

Según explicó Quintero, la ley permite que el nuevo plazo de la obligación pueda alcanzar hasta el doble del tiempo que le faltaba al deudor para terminar de pagar.

“Si tenías una obligación antes del desastre y te encuentras dentro de la población afectada, la norma contempla que puedes renegociar tu deuda. El nuevo plazo puede llegar hasta el doble del tiempo que te faltaba por pagar, sin superar los 20 años”, señaló.

La medida busca reducir el valor de las cuotas mensuales y facilitar la recuperación económica de las familias afectadas.

También aplican reglas especiales sobre intereses y mora

Otro aspecto importante señalado por la especialista tiene que ver con los intereses y los cobros por incumplimiento.

La legislación contempla condiciones especiales mientras se adelanta el proceso de refinanciación y se formalizan los acuerdos entre los deudores y las entidades financieras.

“La norma establece reglas especiales frente a los intereses y las moras mientras se realiza la refinanciación bajo las condiciones que señala la ley”, explicó.

No obstante, las condiciones concretas dependen de las medidas que adopten las autoridades en cada emergencia específica.

Colegios afectados por terremoto Tolima | Colegios Tolima | Daños en colegios
Las sedes afectadas se identificaron tras un análisis técnico que se adelantó la semana anterior.Crédito: Video suministrado por la comunidad

El beneficio aplica para bancos públicos y privados

Durante años existió discusión sobre si estas medidas solo cobijaban a entidades estatales o también a la banca privada.

Esa duda fue despejada por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-793 de 2014.

Según recordó Mabel Quintero, el alto tribunal dejó claro que la protección aplica para todas las entidades financieras.

“La Corte Constitucional, en la Sentencia C-793 de 2014, determinó que esta protección no podía delimitarse solamente a entidades financieras públicas. También cobija las obligaciones con entidades financieras privadas”, indicó.

Esto significa que los alivios pueden ser solicitados tanto ante bancos estatales como ante entidades privadas.

El primer paso: aparecer en el Registro Único de Damnificados

Uno de los requisitos más importantes para acceder a los beneficios es estar reconocido oficialmente como afectado por la emergencia.

Por esa razón, los expertos recomiendan verificar que la persona figure en el Registro Único de Damnificados (RUD) a través de los procesos de censo habilitados por las autoridades locales.

Ese documento será fundamental para demostrar la condición de damnificado al momento de solicitar cualquier alivio financiero.

No deje de pagar sin confirmar que tiene el beneficio

Uno de los llamados más insistentes de la experta es evitar decisiones apresuradas.

Aunque existan anuncios sobre alivios o refinanciaciones, suspender pagos sin autorización formal puede generar reportes negativos y cobros por mora.

“No dejes de pagar simplemente porque escuchaste que hay un alivio. Primero confirma que tu crédito esté cobijado y cuáles son las condiciones”, advirtió.

Por eso recomienda acercarse directamente a la entidad financiera y solicitar información oficial por escrito.

Revise muy bien cualquier refinanciación

Otro consejo clave es leer cuidadosamente las nuevas condiciones antes de firmar cualquier acuerdo.

Las entidades pueden ofrecer ampliación de plazos, cambios en las cuotas o modificaciones en las condiciones financieras, por lo que resulta fundamental conocer el impacto real de la refinanciación.

“Si te ofrecen una refinanciación, revisa muy bien antes de firmar: tasa, plazo, cuota, intereses y cuánto terminarás pagando en total”, recomendó Quintero.

Guarde todos los documentos de sus créditos

Mientras se conocen las medidas específicas que puedan adoptarse para atender la emergencia, los expertos aconsejan conservar extractos, pagarés, certificaciones y demás documentos relacionados con las obligaciones financieras vigentes.

Además, recomiendan mantenerse atentos a los anuncios oficiales del Gobierno y de las entidades financieras para verificar desde cuándo aplican los beneficios y a qué tipos de créditos cobijan.

La conclusión es clara: el terremoto no borra las deudas, pero sí puede abrir la puerta a mecanismos legales para refinanciarlas y hacerlas más manejables mientras las familias reconstruyen sus viviendas, recuperan sus negocios y vuelven a ponerse de pie.