MOVILIDAD

Estos 'pichirilos' podrán salir el Día sin Carro y sin Moto

Carro en Bogotá

La jornada se llevará a cabo este jueves 7 de febrero.

Wikicommons Carro en Bogotá. Imagen de referencia.

Una nueva jornada del día sin carro y sin moto se llevará a cabo este 7 de febrero desde las 5:00 de la mañana hasta las 7:30 de la noche, en Bogotá.

Transmilenio ha informado que para este día ya tiene planeada su operación, con el fin de asumir la demanda de usuarios que normalmente se movilizan en carros particulares y en moto por la ciudad.

Durante las horas en las que estará vigente esta medida ambiental, se aumentará la oferta del servicio troncal alrededor del 4.6 % en relación con lo habitual.

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La Secretaría de Movilidad tiene estimado que dejarán de circular este día 1'700.000 vehículos particulares y 480.000 motos.

Pese a esta restricción existen una serie de carros que tendrán la posibilidad de circular durante esta jornada con total normalidad sin estar expuestos a la imposición de un comparendo por parte de la Policía de Tránsito.

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Estos son los vehículos que podrán circular este jueves 7 de febrero sin ninguna restricción:

  • Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o como transporte.
  • Vehículos y motocicletas de emergencia.
  • Vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de los estudiantes.
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  • Motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas de la Secretaría de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y organismo de seguridad del Estado.
  • Vehículos y motocicletas asignados al cuerpo diplomático.
  • Vehículos con blindaje de nivel 3 o superior.
  • Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas vinculadas a empresas de servicio de mensajería debidamente identificadas.
  • Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor.
  • Vehículos y motocicletas de enseñanza automovilística.
  • Vehículos y motocicletas destinadas al control de emisiones y vertimientos.