patinetas eléctricas

Frenan caos de motos y patinetas eléctricas en Bogotá; nuevas normas para poder circular incluyen licencia, SOAT, equipamento y más

Regulación patinetas y bicicletas eléctricas

También habrán cambios y restricciones para la circulación de estas motos y patinetas eléctricas en Bogotá.

Secretaría de Movilidad, en Facebook Patinetas y bicicletas eléctricas quedan reguladas en Bogotá

La alcaldía mayor de Bogotá, a través de su Secretaría de Movilidad, dio a conocer el pliego de normas de tránsito que deberán cumplir todas las personas que hacen uso de la motocicleta eléctrica y las patinetas como medio de transporte en las calles y las ciclorrutas de la ciudad.

Por su parte, esta nueva normativa ha vinculado a estos medios de transporte como individuales, cuta operación solo funciona con energía eléctrica, una potencia que está por encima de los 1000 W. Sin embargo, las autoridades hacen énfasis en que este tipo de vehículos por asemejarse a las motos de combustión tienen también que cumplir las normas.

La nueva normativa para este 2026 se rige bajo la ley 2486 aplicada a estos medios de transporte. Pese a su rodamiento en el país bajo esta nueva tecnología de movilidad no exime a todos sus conductores de cumplir algunas condiciones y normas de tránsito.

Condiciones, documentos y equipos de uso obligatorio para motos eléctricas

Como si fueran motos a gasolina, los conductores de estos vehículos eléctricos tendrán que cumplir unas condiciones técnicas y administrativos para las garantías de seguridad en los principales corredores viales del país.

  • Revisión técnico-mecánica vigente para asegurar el estado óptimo del vehículo.
  • Equipo de protección personal compuesto por casco certificado, chaqueta reflectiva y guantes.
  • Licencia de conducción de categoría A1.
  • Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) activo.

Por otro lado, hay condiciones como:

  • Circulación: Tienen prohibido transitar por las ciclorrutas o andenes; deben circular exclusivamente por la calzada vehicular.
  • Seguridad: A partir de este año, las motos nuevas deben incluir sistemas de frenado avanzados (CBS o ABS según el cilindraje/potencia) para mejorar la seguridad vial.
  • Día sin Carro y Moto: Las motos eléctricas suelen estar exentas de esta restricción en Bogotá, permitiendo su circulación cuando los vehículos de combustión tienen prohibido salir.

¿Regulación aplica para bicicletas eléctricas?

Sin embargo, a aquellas motocicletas que pesen menos de 60 kilos y que no superen una velocidad por encima de 40 km/h no se les exigirá dichas condiciones.

No obstante, la normativa también indica que estos motores eléctricos sí tendrán prohibido transitar por andenes, zonas peatonales o ciclorrutas. Su lugar es la calzada vehicular, ocupando un carril completo como cualquier otro automotor.

Multa y sanciones por incumplir estas normas

Las sanciones para aquellos conductores que incumplan esta serie de requisitos estarán expuestos a sufrir multas severas económicamente con base al Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, adicional los costos de la inmovilización de su vehículo al patio que sea llevado.

  • Cuando se conduce sin la licencia o el SOAT: esta sanción ascenderá hasta los 30 salarios mínimos diarios, más o menos $1'750.000.
  • Sin revisión técnico-mecánica: Aquí la infracción C.35 conlleva una multa de 15 salarios mínimos diarios, equivalente a unos $875.452.
  • No portar la licencia de conducción o tenerla vencida: En ambos casos, la sanción es de 8 salarios mínimos diarios, es decir, aproximadamente $466.000.

Reglamentación de Patinetas Eléctricas (Scooters)

  • Para ser considerada una patineta eléctrica liviana, según la normativa, el vehículo no debe superar los 40 km/h ni pesar más de 60 kg.
  • Edad mínima: Debes tener al menos 16 años para circular por vías públicas. Los jóvenes de entre 12 y 15 años solo pueden usarlas en ciclorrutas.
  • Velocidad: En ciclorrutas el límite es de 20-25 km/h. En vías urbanas (calzadas) puedes llegar hasta los 40 km/h.
  • Equipamiento obligatorio: Es indispensable el uso de casco, luces delanteras y traseras, y prendas o bandas reflectivas en la noche.
  • Prohibiciones: No puede transitar por andenes o zonas peatonales, ni llevar pasajeros.
  • Papeles: No requieren licencia de conducción, SOAT ni revisión técnico-mecánica, siempre que cumplan con los límites de potencia y peso mencionados.