En Bogotá continúa vigente la restricción del pico y placa para vehículos particulares. La medida limita la circulación según el último dígito de la placa y rige únicamente de lunes a viernes. Durante los fines de semana y días festivos, los conductores pueden movilizarse sin esta medida.
La norma busca organizar el tránsito en las horas de mayor congestión y cada día se define qué placas pueden circular y cuáles deben permanecer fuera de las vías. Las autoridades insisten en la importancia de consultar la programación, ya que no cumplir con la restricción puede generar multas y otras sanciones.
Además del impacto en la movilidad, la medida apunta a reducir los niveles de contaminación. Al disminuir el número de vehículos en circulación, se bajan las emisiones. Por eso, desde la administración distrital se incentiva el uso de transporte público, la bicicleta y los desplazamientos a pie.
Pico y placa en Bogotá del 20 al 26 de abril
Para esta semana, la restricción del pico y placa funcionará bajo el mismo esquema de rotación, en el horario de 6 de la mañana hasta las 9 de la noche.
La rotación funciona así: en los días impares pueden salir los vehículos con placa terminada en 1, 2, 3, 4 y 5; mientras que en días pares se movilizan los automotores que finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0.
Así será la programación cada día de esta semana:
- Lunes 20 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Martes 21 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Miércoles 22 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Jueves 23 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Viernes 24 de abril: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Sábado 25 de abril: no aplica la medida de pico y placa.
- Domingo 26 de abril: no aplica la medida de pico y placa.
Costosa multa si no cumple con el pico y placa
Ignorar la medida de pico y placa en Bogotá es considerado una falta de tránsito. Esta conducta está clasificada como la infracción C14, que se aplica a quienes circulan en zonas o en horarios donde la autoridad ha establecido restricciones.
Para este año, los conductores que sean sorprendidos incumpliendo la norma deberán pagar una multa de 633.232 pesos. El valor corresponde a la sanción económica definida para este tipo de infracción.
Además del comparendo, las autoridades pueden ordenar la inmovilización del vehículo. Esto implica costos adicionales, como el servicio de grúa y el tiempo que el carro permanezca en los patios, lo que aumenta el gasto para el conductor.