Si usted anda en patineta eléctrica, bici eléctrica o moto liviana creyendo que eso es “zona libre”, ojo, porque se acabó la fiesta. Con la entrada en vigencia de la Ley 2486 de 2025, los agentes de tránsito ya no solo tienen pito y talonario: ahora cuentan con un manual clarito para poner orden y clavar comparendos a quienes sigan manejando como si la vía fuera patio propio.
En Bogotá —donde se mueven cerca de 7.000 viajes diarios en estos vehículos— la norma llega para cerrar vacíos y frenar prácticas peligrosas: andar por andenes, volarse semáforos, circular sin casco o convertir la patineta en una “moto camuflada”. El mensaje es directo: movilidad sostenible sí, desorden no.
Cero andenes: el peatón manda y no se negocia
La regla más repetida (y más violada) quedó escrita en piedra: no se puede circular por andenes ni zonas peatonales. Si lo pillan rodando por donde camina la gente, comparendo seguro. Nada de “es un momentico” ni de “voy despacio”. El espacio del peatón se respeta y punto.
La ley ordena priorizar ciclorrutas cuando estén en condiciones adecuadas. Si no las hay, se puede ir por la calzada, ocupando el carril derecho y respetando señales. El que insista en el andén, paga.
Potencia y velocidad bajo la lupa: cuidado con pasarse de listo
Aquí es donde a muchos les cambia el juego. Para ser considerada patineta eléctrica liviana, el vehículo debe cumplir límites técnicos. Si supera lo permitido en velocidad o peso, deja de ser patineta y pasa a otra categoría. ¿Consecuencia? Le pueden exigir papeles que antes no pedían.
Los topes son claros:
- Hasta 25 km/h en ciclorrutas
- Hasta 40 km/h en vías permitidas
Si su máquina corre más de eso, bájale o aténgase a sanciones. La “viveza” ya no cuela.
Equipo obligatorio: el casco dejó de ser sugerencia
Desde ahora, el casco es obligatorio siempre. Y si circula entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m., también debe llevar prendas o bandas reflectivas, además de luces blancas adelante y rojas atrás. Los agentes están facultados para verificar todo.
Faltar a cualquiera de estos puntos puede terminar en comparendo y, en algunos casos, inmovilización del vehículo. La idea es simple: verse y protegerse.

Edad mínima y pasajeros: no más piques de colegio
La ley fija edad mínima de 16 años para circular por vías públicas. Los jóvenes entre 12 y 15 años solo pueden usar estos vehículos en ciclorrutas. Y otro clásico que se acaba: no se permiten pasajeros, salvo que el vehículo esté diseñado para ello y cumpla reglamentación específica.
¿Papeles sí o no? Depende de cómo ande
Si su patineta cumple con los límites de peso y velocidad, no requiere licencia, SOAT ni revisión técnico‑mecánica. Pero si se pasa de la raya y entra en otra categoría, cambia el cuento. La clave es clasificar bien el vehículo y usarlo como corresponde.
¿Cuánto duele el comparendo? Bastante
Las infracciones traen multas económicas, y en casos como circular sin casco, en andenes o en estado de embriaguez, puede haber inmovilización. La reincidencia sube el costo. Traducción: sale más barato cumplir que pagar.
No es persecución, es orden
Desde Movilidad insisten en que la ley no busca acabar con estos medios, sino integrarlos de forma segura. Patinetas y motos eléctricas llegaron para quedarse, pero con reglas claras para convivir con peatones, ciclistas y vehículos