La atención de urgencias en Bogotá tendrá una nueva ruta con la implementación de la Resolución 1593 de 2026, expedida por la Secretaría de Salud. La norma pone en marcha el componente de urgencias del modelo MAS Bienestar y establece varios caminos para los pacientes, según la atención que necesiten.
Uno de los cambios está dirigido a las personas cuya condición no requiere una atención hospitalaria inmediata. En estos casos, en lugar de permanecer en un servicio de urgencias, el paciente podrá recibir una consulta prioritaria, atención por telemedicina o una valoración médica en su casa, según cada situación.
La resolución busca que los servicios de urgencias se concentren en los casos que realmente necesitan una respuesta inmediata, sin dejar de ofrecer una alternativa de atención a quienes pueden ser atendidos por otra vía.
¿Qué es el triage y cómo se clasifican los pacientes?
El triage es la valoración que permite determinar qué tan urgente es la situación de una persona y qué tipo de atención necesita. No se trata únicamente de una clasificación por gravedad: también permite definir qué recursos deben utilizarse y cuál es la ruta más adecuada.
Con el modelo MAS Bienestar, esa orientación podrá comenzar incluso antes de que el paciente llegue a un hospital. La Central de Contacto de Orientación y Regulación de Urgencias en Salud (CORUS) recibirá solicitudes a través de la Línea 137, el NUSE 123 y la Línea 106.
El personal encargado realizará un triage telefónico y, según el resultado, indicará qué debe hacer el paciente. Para las clasificaciones IV y V, la resolución establece que la EPS deberá asignar una consulta prioritaria. Esta puede ser presencial, por telemedicina o en el domicilio.
En algunos casos también será posible dirigir al paciente a un servicio de urgencias de baja complejidad. Por eso, la clasificación IV o V no significa que la persona quede sin atención, sino que puede tener una ruta diferente a la de una urgencia hospitalaria de mayor complejidad.
¿Qué ocurre cuando el paciente sí necesita atención de urgencias?
Los casos III tendrán una ruta que puede llevar al paciente a un servicio de urgencias de baja o mediana complejidad, dependiendo de su condición y del lugar donde se encuentre. La norma también contempla el uso de transporte asistencial, como ambulancias, cuando sea necesario.
Para las clasificaciones I y II, la atención puede requerir servicios de mediana o alta complejidad. En estos casos también se puede disponer el traslado en ambulancia, de acuerdo con las condiciones del paciente.
La resolución establece además una ruta especial para eventos que requieren atención prioritaria. En esta lista aparecen los traumatismos graves, los accidentes cerebrovasculares, los infartos agudos de miocardio, las emergencias obstétricas y pediátricas, y las relacionadas con salud mental y oncología.
La idea es que estos pacientes sean dirigidos a instituciones que tengan la capacidad necesaria para responder a su condición. Además, el centro que recibirá al paciente deberá ser alertado para facilitar la atención.
¿Qué deben hacer los motociclistas en caso de un accidente?
La Resolución 1593 también establece una ruta para los accidentes de tránsito, algo que puede ser muy relevante para quienes se movilizan en motocicleta.
Cuando ocurre un accidente, el primer respondiente debe llamar a la Línea 137. La llamada permite que se active la orientación y se determine qué atención requiere la persona afectada.
La norma señala que el primer respondiente puede ser el equipo de un vehículo de emergencia, un familiar, alguien de la comunidad o una autoridad presente en el lugar.
A partir de esto se determina si el paciente necesita transporte asistencial y cuál debe ser su destino. De esta manera, la atención no depende únicamente de llevarlo al hospital más cercano, sino de buscar un lugar que pueda responder a sus necesidades.
¿Cómo se definirá el hospital al que irá cada paciente?
La resolución establece varios criterios para decidir el destino de una persona que necesita ser trasladada. Entre ellos están su estado de salud, el nivel de complejidad que requiere, la red contratada por la EPS y la disponibilidad de los servicios.
El nuevo modelo también contempla fortalecer algunos servicios de urgencias de baja complejidad. Para ello se plantea el uso de herramientas como ecografías portátiles, pruebas rápidas para apoyar los diagnósticos, equipos de rayos X y telemedicina.
En ese sentido, el cambio no consiste simplemente en sacar pacientes de los hospitales. La Resolución 1593 plantea organizar la atención para que cada persona sea dirigida al servicio que corresponda a su situación: desde una consulta prioritaria o atención en casa hasta un servicio de urgencias o un hospital de alta complejidad.