Si le pusieron un comparendo por colarse en TransMilenio o por no recoger los excrementos de su mascota, en Bogotá puede solicitar una actividad pedagógica o participar en un programa comunitario para cumplir con la sanción, sin tener que pagar la multa en dinero, siempre que sea tipo 1 o tipo 2.
Esta opción está contemplada en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establecido mediante la Ley 1801 de 2016, y busca que las personas reconozcan las consecuencias de sus comportamientos y comprendan las normas que permiten mantener una relación respetuosa con los demás.
Sin embargo, para acceder a esta alternativa es necesario cumplir con una condición: presentar la solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes a la expedición de la orden de comparendo. Por eso, quienes tengan una multa pendiente deben revisar su clasificación y conocer los pasos para solicitar la actividad.
¿Cuánto cuestan las multas de convivencia tipo 1 y tipo 2?
El artículo 180 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana establece diferentes categorías de multas, cuyos valores dependen del comportamiento registrado por las autoridades:
- Multa tipo 1: equivale a cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, en 2026 corresponde a $233.454.
- Multa tipo 2: corresponde a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $466.908 en 2026.
¿Qué comportamientos pueden generar una multa tipo 1 o tipo 2?
Las sanciones buscan corregir conductas que afectan la convivencia en los espacios públicos, los establecimientos comerciales y en TransMilenio. Entre los comportamientos que pueden dar lugar a multas de estas categorías se encuentran los siguientes:
Multa tipo 1
- No recoger los excrementos de las mascotas en el espacio público.
- Impedir el ingreso o la salida prioritaria de personas que tienen preferencia en el transporte público, como mujeres embarazadas, adultos mayores o personas con niños.
- Ingresar o salir de estaciones y portales de transporte por lugares diferentes a los autorizados.
- Agredir, empujar o irrespetar a otras personas durante el acceso, la permanencia o la salida de los buses.
- Negar el servicio de baño a niños, mujeres embarazadas o adultos mayores en establecimientos comerciales, cuando corresponda.
Multa tipo 2
- Ingresar al sistema de transporte público sin pagar el pasaje.
- Permitir que una mascota circule en el espacio público sin cumplir las medidas de seguridad exigidas.
- Incumplir las condiciones establecidas para transportar animales en el transporte público, cuando la conducta corresponda a una infracción sancionable bajo esta categoría.
¿Cómo cambiar una multa por una actividad pedagógica en Bogotá?
Los ciudadanos que reciban una multa tipo 1 o tipo 2 y quieran reemplazar el pago por una actividad pedagógica deben seguir un procedimiento dentro del plazo establecido:
- Verificar el tipo de comparendo: revise la orden expedida por la autoridad para confirmar que la multa corresponde a una de las dos categorías habilitadas para esta alternativa.
- Presentar la solicitud dentro de los cinco días hábiles: el interesado debe solicitar que la multa sea conmutada, es decir, sustituida por su participación en un programa comunitario o una actividad pedagógica de convivencia.
- Diligenciar el formulario: la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia dispone de un canal para registrar la solicitud de agendamiento. El ciudadano puede consultar el trámite en los canales oficiales de la entidad y completar la información requerida.
- Seguir las instrucciones de programación: después de presentar la solicitud, debe atender las indicaciones que reciba para conocer la fecha, el lugar y las condiciones de la actividad asignada.
La norma también contempla un descuento del 50% para quienes paguen la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la expedición del comparendo. Por lo tanto, la persona debe evaluar si prefiere pagar con el beneficio por pronto pago o solicitar la sustitución de la sanción mediante una actividad pedagógica, cuando cumpla los requisitos.
¿Qué pasa si no está de acuerdo con el comparendo?
Los ciudadanos que consideren que la multa no corresponde a lo ocurrido también pueden presentar un reclamo ante la autoridad competente.
De acuerdo con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, la persona puede presentarse ante la autoridad competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la expedición de la orden de comparendo para manifestar su desacuerdo y solicitar que se adelante el procedimiento correspondiente.
Quienes tengan dudas sobre su comparendo o el trámite que deben realizar pueden acudir a un CADE, SuperCADE o Casa de Justicia en Bogotá, donde recibirán orientación sobre las opciones disponibles para resolver su situación.
También pueden comunicarse con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia a través de las líneas de WhatsApp 301 445 7292 y 324 681 4036, disponibles de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 4:30 p. m.